ALIMENTOS. "Puedo pedir Alimentos si mi ex-pareja no tiene trabajo o está en negro?".


"Puedo pedir Alimentos si mi ex-pareja no tiene trabajo o está en negro?"-

Esta es una de las preguntas que mas nos hacen nuestros clientes cuando vienen al estudio, "Dr. puedo pedir alimentos si mi ex-pareja no trabaja, o está en negro o tiene mucho dinero pero nada está a su nombre?...".

Parece poco lógico que al día de hoy, con todos los medios que una persona posee para informarse, no tengamos conocimiento que IGUALMENTE UNA PERSONA, AUNQUE NO POSEA INGRESOS REGISTRADOS, O NO ESTE TRABAJANDO O OCULTE SUS BIENES, tiene la obligación de pasar alimentos a sus hijos.

No quiero, hacer de este blogg una especie de aula dirigido a los profesionales del Derecho sino que, busco que las personas puedan entender - con palabras "no tan técnicas" - sus derechos.

Creo, que deberíamos entender que comprende la palabra "ALIMENTOS". En primer lugar, cuando hablamos de "ALIMENTOS" no hablamos solo de "comida" (jajajjaja) , sino que comprende otros rubros como lo es la salud. Podríamos decir, que los alimentos: es toda necesidad que una persona tiene para su subsistencia, comprende tanto la vivienda,  ropa, medicamentos, escuela, deporte y todo aquello que sea necesario para el desarrollo de la vida de quien percibe eso "Alimentos" .

En el caso de que el que perciba alimentos sea un "NIÑO", este debe cubrir todas las facetas que permitan al niño o niña desarrollar su etapa de crecimiento.

Que pasa en el caso de que una persona no tenga trabajo o esté en negro o tiene dinero pero nada a su nombre, COMO HACEMOS PARA QUE PASE LA CUOTA ALIMENTARIA???...

En este caso entendemos lo que trabajamos en "Godoy & Asoc.", y que tantas veces los Jueces nos ha dado la razón en que: "si una persona pudo tener hijos, y esta vivo, de algo vive.... algo hace..."; por lo que si una persona alega: "NO TENER TRABAJO, O NO TENER BIENES", no es un fundamento valido para no pasar alimentos.

Es mas, muchas veces creo que el servicio que prestamos tiene un doble fin: el 1°) Conseguir el alimento para nuestro cliente y el 2°) Incentivar a que trabaje o registre sus bienes las personas que tengan que pasar alimento..; porque digo lo que digo en el punto 2°)?: Porque, generalmente cuando hacemos la demanda de alimentos, y vamos a la audiencia, siempre el Juez le dice lo mismo al que tiene que pasar la cuota alimentaria: "...

*JUEZ: Sr. USTED NO TIENE TRABAJO?.
*Sr. que tiene que pasar alimentos: NO y NO ENCUENTRO POR NINGUNA PARTE...
*JUEZ: BUENO, VAYA Y CONSIGA UNO... Y DEL 1 AL 10 LE TIENE QUE PASAR $ XXX, EN CONCEPTO DE ALIMENTOS A LA SRA. XXX
*Sr. que tiene que pasar alimentos: PERO NO HAY TRABAJO...
JUEZ: ESA NO ES EXCUSA, CONSIGA TRABAJO Y DEL 1 AL 10 LE TIENE QUE PASAR $ XXX, EN CONCEPTO DE ALIMENTOS A LA SRA. XXX.

Eso es lo que generalmente pasa en los Juzgados, por lo que no hay que dejar de pedir alimentos por mas que su ex.pareja NO TENGA TRABAJO O ESTE EN NEGRO O ESCONDAN SUS BIENES.. igualmente hay que pedirlos, es una obligación que tiene el alimentante.

Espero que este blogg  les pueda ayudar, mi idea es no aburrirlos con palabras técnicas, sino que puedan entender sus derechos y los puedan hacer cumplir.

Cualquier duda o consulta, no duden en hacerlas y estamos a su disposición.
Saludos.

Dr. Manuel Alfredo Godoy
Godoy & Asoc.
"Hacemos justicia"
tel: 3786614296

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